Para el logro de sus objetivos la Asociación Mutual realizará las siguientes actividades:
1. Prestar a los asociados a poyo moral, material y económico por medio de los fondos de la asociación mutual, cuando corran graves calamidades domesticas o en caso de enfermedad, muerte o otras circunstancias aflictivas, previamente o debidamente comprobadas y que estén contenidas en el reglamento respectivo.
2. Adquirir sedes para que en ellas funcionen servicios multiactivos para los asociados y sus familias.
3. Acompañar a los derecho habiente afiliados ante las entidades e instituciones del sistema de seguridad social integral, para la obtención de los beneficios prestacionales y asistenciales a que tiene derecho.
4. Gestionar o representar por si mismo o por interpuesta persona a los asociados ante las entidades publicas, empresas privadas y personas naturales o jurídicas sean estas de carácter nacional e internacional, ya sea para gestionar recursos, producción de bienes y la prestación de servicios.
5. Velar porque la entidad encargada del pago de la indemnización diferida a cargo de la Sociedad COLTEJER SA, cumpla con el pago periódico mensual y demás prestaciones acordadas en la conciliación.
6. Prestar servicios cooperativos, culturales, recreativos, deportivos, mutuarios y auxilio exequial.
7. Ofrecer, en representación de sus afiliados, servicios técnico, jurídico, contable, administrativo etc., sobre las bases de justicia, mutuo respeto y subordinación a la ley, a personas jurídicas o naturales que requieran personal temporal aprovechando la capacidad, conocimiento y honorabilidad de los afiliados y sus familias.
8. Administrar los ahorros que depositen los asociados en la mutual.
9. Prestar servicio de crédito a los asociados.
10. Las demás actividades conexas o complementarias de las anteriores.
martes, 22 de diciembre de 2009
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